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UGT de Catalunya aclara los servicios mínimos y de seguridad durante la huelga general del 11 de noviembre

La UGT de Catalunya detalla las diferencias entre servicios mínimos y de seguridad en el contexto de la huelga general del 11 de noviembre, explicando quién los determina y los límites que deben respetar las empresas.

UGT de Catalunya aclara los servicios mínimos y de seguridad durante la huelga general del 11 de noviembre

Durante una huelga, es fundamental entender las diferencias entre los servicios mínimos y los servicios de seguridad y mantenimiento. La UGT de Catalunya ha publicado una guía práctica para aclarar estos conceptos en el marco de la huelga general prevista para el 11 de noviembre.

Los servicios mínimos son aquellas tareas que deben seguir realizándose en los servicios esenciales para la comunidad, y son determinados por la autoridad gubernativa competente, ya sea el Gobierno del estado, la Generalitat o el ayuntamiento. La empresa no tiene la facultad de fijar estos servicios, y cualquier decisión tomada sin la debida autoridad es nula y puede vulnerar el derecho de huelga.

Es importante destacar que los servicios mínimos están diseñados para garantizar únicamente lo imprescindible para proteger derechos fundamentales y bienes constitucionales. No están destinados a mantener la normalidad en la empresa ni a evitar las molestias inherentes a una huelga.

Límites de los servicios mínimos

Los servicios mínimos deben respetar tres principios:

  • Necesidad: Deben responder a una necesidad real de proteger derechos o bienes constitucionales.
  • Proporcionalidad: La limitación impuesta debe ser razonable en relación con lo que se busca proteger.
  • Motivación suficiente: Es necesario justificar por qué se establece un nivel de actividad específico.

Servicios de seguridad y mantenimiento

Por otro lado, los servicios de seguridad y mantenimiento son excepcionales y pueden establecerse en cualquier empresa, independientemente de si prestan un servicio esencial. Su objetivo es proteger a las personas y las instalaciones, así como garantizar la reanudación de la actividad tras la huelga. Sin embargo, no deben utilizarse para continuar con la actividad habitual de la empresa.

Estos servicios se negocian con la representación de los trabajadores, y solo en caso de desacuerdo, la empresa puede designarlos, siempre dentro de los límites establecidos.

Qué hacer ante abusos

La UGT de Catalunya recomienda a los trabajadores que durante la huelga verifiquen que los servicios mínimos y de seguridad respetan los límites establecidos. Algunas acciones a considerar incluyen:

  • Pedir a la empresa la resolución oficial que fija los servicios mínimos.
  • Comprobar que las personas designadas se ajustan a esta resolución.
  • Negociar los servicios de seguridad y mantenimiento limitándolos a tareas imprescindibles.
  • Comunicar cualquier abuso a la federación y a los servicios jurídicos de UGT para evaluar su impugnación.

Si se designan servicios de seguridad y mantenimiento de manera excesiva o sin justificación, esto puede constituir una vulneración del derecho de huelga, tal como se establece en el artículo 28.2 de la Constitución.

Para más información sobre los derechos durante la huelga general del 11 de noviembre, se puede consultar la guía práctica de la UGT de Catalunya.

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